Nos despedimos de abril y ello significa nuevo Endalia News… ¿Qué nos ha dejado la actualidad laboral y de Recursos Humanos este pasado mes? ¡Cada mes nuevas noticias sobre temas sociolaborales y jurisprudenciales!
Descarga toda la información sobre las noticias sociolaborales y jurisprudenciales que han protagonizado abril de 2023:
- Regularización de las cotizaciones afectadas por las nuevas bases mínimas de cotización
- ¿Qué plazo tiene el trabajador para arrepentirse de su decisión de dimitir?
- ¿Hasta cuándo puede solicitarse el reingreso tras una excedencia voluntaria?
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Regularización de las cotizaciones afectadas por las nuevas bases mínimas de cotización
A través del BNR 5/2023, la TGSS informa de las siguientes cuestiones:
Como consecuencia de la publicación de las nuevas bases de cotización mínimas para 2023, se informa de que se van a cerrar todos los servicios del Sistema de Liquidación Directa durante los primeros días de abril (OM PCM/313/2023).
Posteriormente, se procederá a realizar la correspondiente regularización de las liquidaciones de cuotas ya presentadas respecto de los períodos de liquidación de enero y febrero de 2023. Las diferencias de cotización podrán ingresarse sin recargo hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la TGSS comunique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas.
Por ello, no se deben presentar liquidaciones complementarias con el fin de evitar duplicidades.
¿Qué plazo tiene el trabajador para arrepentirse de su decisión de dimitir?
El 6-4-22 el trabajador notifica por escrito a la empresa su decisión de finalizar su relación laboral, con un plazo de preaviso de 30 días. La empresa inicia un proceso de selección publicando una oferta de empleo en la red LinkedIn y el 3-5-22 firma un precontrato con el candidato seleccionado, con el compromiso de incorporarse el 7-6-22. Sin embargo, el 5-5-22 el trabajador dimitido notifica a la empresa, por correo electrónico, su decisión de dejar sin efecto su petición de baja voluntaria, cuya fecha de efecto hubiera sido el 7-5-22. No obstante, la empresa cursa la baja del trabajador en la TGSS con fecha de 8-5-22. Frente a ello, el trabajador presenta demanda de despido.
La cuestión a dilucidar es determinar cuál es la función del plazo de preaviso, teniendo en cuenta que, desde el mismo conocimiento de la voluntad de dimisión del trabajador, la empresa desarrolló una importante actividad para encontrar a la persona apropiada para el mismo.
El TSJ Murcia recuerda que la doctrina del TS establece que, una vez comunicada con eficacia inmediata, la dimisión no es susceptible de retractación posterior, salvo que se pruebe la existencia de alguna deficiencia en el consentimiento que conduzca a la anulación del negocio jurídico. Como excepción, ha admitido la efectividad y validez de la retractación en los supuestos de preaviso, pero siempre que la relación jurídica siga existiendo y no se irrogue un perjuicio sustancial a terceros o a la empresa. Así, considera que constituye despido no aceptar la retractación del trabajador realizada durante el preaviso, en base al principio de la buena fe contractual, si no se ha ocasionado ningún perjuicio al empresario porque todavía no ha contratado a ningún sustituto. De modo que, si hay un perjuicio o se ha contratado a un tercero, no hay despido improcedente.
En el caso en cuestión, hay un precontrato que obliga a las partes firmantes, la empresa y el nuevo trabajador, y cuya realidad no impugna el trabajador que dimite. Por tanto, con la retractación la empleadora se encuentra ante un daño claramente constatable.
Así pues, el carácter voluble de la voluntad del trabajador que se retracta de su dimisión no puede derivar en la improcedencia del despido, ya que el incumplimiento del precontrato de trabajo supone un grave perjuicio para el patrimonio de la empresa y para la vida profesional del trabajador con el que se suscribió.
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Responsable del Servicio de Nómina de Endalia. Cuenta con amplia experiencia y conocimientos en proyectos de digitalización, consultoría y automatización de procesos de Nómina y Recursos Humanos.