
¡Estrenamos Endalia News 2026! ¿Qué nos ha dejado el primer mes del año en cuanto a actualidad laboral y legislativa? Si quieres llevar al día la gestión de talento en tu compañía, ¡descubre Endalia News de enero!
Cada mes, nuevas noticias sobre temas sociolaborales y jurisprudenciales
Descarga toda la información sobre las noticias jurisprudenciales y sociolaborales que han protagonizado enero de 2026:
- Despido disciplinario por faltas de asistencia: cómputo del período de referencia
- Jubilación parcial y contrato de relevo. Correspondencia entre bases de cotización
- La exención de IRPF por trabajos en el extranjero comprende los días de desplazamiento al país de destino o de regreso a España
- Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de movilidad sostenible.
- Compatibilidad entre la prestación por maternidad a tiempo parcial y la prestación por Incapacidad temporal
- Modificación del Decreto Foral 174/1999 de 24 de mayo
- Derogación del Real Decreto Ley 16/2025
Accede a todo el contenido de enero 2026
Derogación del Real Decreto Ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social
Consecuencias:
Cotización:
- Queda sin efecto la actualización de la base máxima de cotización (5.101.20 Euros/mes).
- Queda sin efecto la subida del MEI (0,90).
- Queda sin efecto la cuota de solidaridad con sus tramos y tipos.
- Queda sin efecto la tarifa de primas por CNAE.
Pensiones y prestaciones publicas
- Queda sin efecto el limite de cuantía inicial de pensiones causadas en el año 2026 (3.3359,60 Euros/mes).
- Queda sin efecto la cobertura normativa que fijaba, mientras no hubiera PGE, la revalorización del 2,7% de pensiones contributivas y clases pasivas, el complemento para la brecha de genero, actualización de pensiones mínimas, no contributivas, SOVI, y otras prestaciones.
Jubilación parcial y contrato de relevo. Correspondencia entre bases de cotización.
No se aplica sobre el 65 % de las bases de cotización promediadas el porcentaje de jornada que vaya a realizar el trabajador relevista (STS, Sala de lo Social, de 21 de octubre de 2025, rec. núm. 5489/2023)
Si analizamos la literalidad del precepto 215.2 e) del Texto refundido de la Ley General de Seguridad Social que impone una correspondencia entre las bases de cotización en un mínimo del 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los seis últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial, ello es suficiente para considerar que las bases de cotización a tener en cuenta son las que el jubilado parcial realizó antes del acceso a la jubilación, sin más elementos a considerar.
Esto implica que los salarios que se perciban por el contrato a tiempo parcial y el de relevo son elementos que resultan irrelevantes a la hora de interpretar el precepto que tan solo atiende a las bases de cotización que uno y otro realicen. Por ende, la jornada que en cada caso se esté realizando tampoco es tomada en consideración a los efectos de acceso a la jubilación parcial.
El que otros textos legales precedentes hayan venido exigiendo otros requisitos para el reconocimiento de la jubilación parcial, como el que se relacionaba con el puesto de trabajo a cubrir por el relevista, no determina que deba aplicarse al 65% de las bases de cotización promediadas el porcentaje de jornada que vaya a realizar ni el jubilado parcial ni el relevista.
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Sales Director en Endalia. Cuenta con amplia experiencia y conocimientos en proyectos de digitalización, consultoría y automatización de procesos de Nómina y Recursos Humanos.