Endalia
  • Endalia Time
      • Endalia Time

        Cumple la nueva normativa con la herramienta más sencilla de control horario y fichaje digital.

        Y si aún quieres más control, descubre el software global de RRHH y Nómina.

        Descubre Endalia TimeDescubre el software de RRHHDescubre el software de Nómina
      • Planificación y registro horario
        Vacaciones y ausencias
  • Software de RRHH y Nómina
      • Software

        Un software que te va a gustar. A ti y a todas las personas de tu organización.

        Descubre nuestro softwareConoce nuestro proceso
      • Personas
        Empleados y puestos
      • Tiempo
        Planificación y registro horarioVacaciones y ausencias
      • Nómina
        Gestión de nómina
      • Compensación
        Compensación salarialRevisión salarialRetribución variableRetribución flexible Gestión de gastos
      • Talento
        ObjetivosDesarrollo competencialFormaciónSelección
      • Comunicación
        Comunicación internaCanal de denuncias
      • Analítica y gestión
        Informes y cuadros de mandoFirma digital
  • Outsourcing de Nómina
      • Servicio de Nómina

        Toda la gestión de nómina a través de nuestra propia tecnología y nuestros expertos laborales.

      • Outsourcing de nómina Gestionamos el proceso de nómina de inicio a fin.
  • Clientes
      • Clientes

        La orientación al cliente nos define. Tu compañía y tú sois únicos e inigualables. Y ponemos todo de nuestra parte para que esta relación funcione.

      • Opiniones y casos de éxito La orientación al cliente nos define. Tu compañía y tú sois únicos e inigualables.
      • ¿Por qué Endalia? Ponemos todo por nuestra parte para que esta relación funcione.
  • Nosotros
      • Nosotros

        Mejorar tus resultados, nuestro objetivo.

      • Manifiesto Palabra de Endalia Lover.
      • Nuestros partners Socios estratégicos con objetivos comunes.
      • Trabaja con nosotros Ofertas de empleo en Endalia.
  • Recursos
      • Recursos

        Domina la gestión de RRHH.

        Descubre todos los recursos
      • Blog RRHH
      • Webinars
      • eBooks
      • Plantillas
      • HR Keys
      • Help Center
  • Solicita información
  • Español

Endalia news: febrero 2025

27 febrero 2025 Actualidad laboral

¿Qué nos ha dejado febrero en cuanto a actualidad laboral y de Recursos Humanos? Te lo contamos… ¡Descubre el nuevo Endalia News!

Cada mes nuevas noticias sobre temas sociolaborales y jurisprudenciales

Descarga toda la información sobre las noticias jurisprudenciales y sociolaborales que han protagonizado febrero de 2025:

Novedades legislativas

  • Falta de tramitación de expediente contradictorio: ¿se puede alegar por primera vez en la demanda de despido?
  • El TS aclara la prioridad entre el convenio de empresa y el convenio de sector en materia salarial

Novedades sociolaborales 

  • La TGSS aclara la aplicación de la CNAE-2025 en las actuaciones de afiliación
  • Se recuperan las medidas sociolaborales del RDL 9/2024
  • La TGSS informa sobre las novedades de cotización 2025
  • Aprobado el SMI para 2025
  • Cuidado de menores con enfermedad grave, ¿cuándo se cumple el requisito de ingreso hospitalario?

Accede a todo el contenido de febrero 2025

¡Descarga Endalia News!

Aprobado el SMI para 2025

Se fijan las cuantías del SMI vigentes a partir del 1-1-2025, que suponen un incremento del 4,41% con respecto a las fijadas hasta el 31-12-2024, quedando establecidas en:

  • SMI diario: 39,47 €
  • SMI mensual: 1.184 €
  • SMI anual a efectos de compensación y absorción: 16.576 €
  • SMI jornada legal en actividad para trabajadores eventuales y temporeros: 56,08 €
  • SMI hora de empleados de hogar: 9,26 €

Las nuevas cuantías del SMI no van a ser de aplicación a las normas de las Comunidades o Ciudades autónomas y entidades locales y contratos y pactos privados vigentes a 31-12-2024 que utilicen el SMI como indicador o referencia. En estos casos, salvo disposición expresa o pacto en contrario, se tomará como referencia la cuantía del SMI vigente hasta ahora.

Estas excepciones no afectan a los salarios fijados en contratos o pactos privados en cuantía inferior al nuevo SMI, que deberán modificarse para alcanzar estas cuantías siendo de aplicación las reglas sobre compensación y absorción.

El TS aclara la prioridad entre el convenio de empresa y el convenio de sector en materia salarial

La empresa, incluida dentro del sector del transporte, inicia un procedimiento de despido colectivo en su centro de trabajo de Bizkaia debido a causas productivas relacionadas con la pérdida de su principal cliente (Amazon). El procedimiento de despido, que afecta a 12 trabajadores, finaliza el 17-12-2023. El delegado de personal interpone demanda de despido. La decisión se declara ajustada a derecho y el TSJ entiende que para el cálculo de las indemnizaciones debe aplicarse el convenio colectivo sectorial y no el de empresa, cuyos salarios son inferiores. Disconforme, la empresa interpone recurso de casación ante el TS.

La cuestión que se discute consiste en determinar cuál es el convenio colectivo que debe aplicarse a efectos del salario regulador de las indemnizaciones por despido: el convenio colectivo de empresa, suscrito el 15-1-2020, con vigencia del 1-1-2021 a 31-12-2023 o el convenio colectivo sectorial para las empresas de transporte de 20-6-2022, con vigencia del 1-1-2021 al 31-12-2023

EL TS estima el recurso y declara aplicable el convenio colectivo de empresa para el cálculo de las indemnizaciones por despido. Las razones alegadas son la siguientes:

  1. El convenio colectivo de transporte, finalizó su vigencia el 31-12-2020 y no fue hasta el 20-6-2022 cuando se suscribió un nuevo convenio con vigencia desde l 1-1-2022 al 31-12-2024. Durante casi año y medio no se mantuvo viva la unidad de negociación del convenio colectivo sectorial, cuya vigencia finalizó el 31-12-20 El RDL 32/2021 disp.trans. 6ª 3 modificó el ET art.84.2 eliminando la prioridad del convenio de empresa en materia salarial, prioridad que se aplicaría a los convenios colectivos anteriores una vez perdida su vigencia y, en todo caso, un año después de la entrada en vigor de este RDL.
  2. En el supuesto enjuiciado el convenio de empresa era anterior a la nueva redacción del ET art.84.2, que establecía la prioridad del convenio de empresa en materia salarial. Y aunque en el momento del despido colectivo (17-10-2023) sí estaba vigente la nueva redacción del ET art.84.2 que había dejado sin efecto la prioridad aplicativa del convenio de empresa respecto de los salarios de los trabajadores, en esta fecha estaba en vigor el convenio colectivo de empresa, aplicable en virtud de la regla de prioridad en el tiempo.
  3. El ET art. 84.2 supone que, durante la vigencia de un convenio colectivo de ámbito superior a la empresa, puede negociarse un convenio de empresa con prioridad aplicativa respecto de determinadas materias. Se trata de una excepción a la regla de prioridad en el tiempo (ET art.84.1) limitada a unas materias concretas: aunque haya un convenio colectivo vigente de ámbito superior, puede negociarse un convenio colectivo empresarial. Este precepto no impide que, cuando no haya un convenio colectivo sectorial o cuando no se mantenga viva la unidad de negociación sectorial, pueda negociarse un convenio colectivo de empresa. En ese caso, el salario previsto en dicha norma colectiva se aplicará a los trabajadores, aunque posteriormente se acuerde un convenio colectivo sectorial porque debe aplicarse la regla de prioridad temporal.
  4. No es contraria la anterior conclusión a lo dispuesto en ET art.42.6 con relación a los convenios colectivos aplicables a contratas y subcontratas (o el de la actividad contratadas o un convenio de empresa propio). En los supuestos de subcontratación, en los que la unidad de negociación empresarial está protegida por el ET art. 84.1, la aplicación del convenio de empresa de la contratista no está sujeta a condición alguna, sea cual sea la regulación que contenga, incluso aunque algunas de sus condiciones resulten inferiores a las del convenio sectorial de referencia, como sucede en el caso enjuiciado.

¡Descubre todas las noticias!

¡Descárgalas aquí!

Digitaliza tus Recursos Humanos

Súmate a la transformación digital

Software RRHH
javier monge 1 Endalia news: febrero 2025
Javier Monge

Responsable del Servicio de Nómina de Endalia. Cuenta con amplia experiencia y conocimientos en proyectos de digitalización, consultoría y automatización de procesos de Nómina y Recursos Humanos.

Sigue profundizando sobre...

  1. Endalia news: enero 2025
  2. Las 9 principales tendencias de Recursos Humanos en 2025
  3. Endalia news: diciembre 2024
  4. Periodo de preaviso 2024: toda la información para cada caso

Primary Sidebar

Categorías

  • Actualidad laboral
  • Analítica y flujos de trabajo
  • Compensación
  • Comunicación
  • Desempeño y talento
  • Endalia
  • Entrevistas
  • Gestión del tiempo
  • Tendencias

Publicaciones destacadas

  • Dashboard RRHH
  • KPIs de Recursos Humanos
  • Plan de comunicación interna
  • Gestión de vacaciones de los empleados
  • Auditoría de Recursos Humanos
  • Tendencias Recursos Humanos 2025
  • Juegos Team Building
  • Tipos de Software para Recursos Humanos
  • Evaluación por competencias
  • Cómo mejorar la comunicación interna en una empresa

Footer

Endalia. Just One. Just HR Lovers.

Secciones

  • Endalia
  • Software de Recursos Humanos
  • Servicio de Nómina
  • Conoce Endalia
  • Recursos para la gestión RRHH
  • Opiniones y casos de éxito
  • Español

Descubre Recursos (entre) Humanos, el primer evento RRHH enfocado exclusivamente en formación.

Organizado por Endalia.

News

  • Cómo atraer perfiles tech en un mercado altamente demandado
  • Consejos para gestionar las vacaciones de los empleados. ¿Cómo organizar las vacaciones en la empresa?
  • ¿Es legal fichar con geolocalización en el trabajo? Todo lo que necesitas saber
  • 🚀 Un evento POR y PARA profesionales de Recursos Humanos

Contáctanos

España
World Trade Center Zaragoza
Avda. María Zambrano, 31
50018 Zaragoza
Solicita información
(+34) 876 140 140
info@endalia.com

Portugal
Av. República, 49, 1º Dto.
1050-188 Lisboa
(+351) 938 309 700
info@endalia.pt

© 2025 Endalia

  • Política de tratamiento de datos
  • Información sobre cookies
  • Aviso legal
  • Canal ético
Utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a información en su dispositivo. Lo hacemos para mejorar la experiencia de navegación y para mostrar anuncios (des)personalizados. Consentir estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o los identificadores únicos en este sitio. No consentir, o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a determinadas características y funciones.
Funcionales Always active
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el fin legítimo de permitir el uso de un servicio específico solicitado explícitamente por el abonado o usuario, o con el único fin de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. Almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una solicitud, un cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet o registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada exclusivamente con este fin no puede utilizarse para identificarle.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Suscríbete a nuestra newsletter